Entender qué es una sociedad por acciones simplificada se ha vuelto fundamental para los emprendedores que buscan crear una empresa en menos tiempo de lo habitual. Este tipo de conformación se introdujo en marzo de 2016, provocando un cambio significativo en el panorama empresarial mexicano.
La Ley General de Sociedades Mercantiles en México (LGSM) fue reformada para incorporar esta nueva figura jurídica, ampliando así el abanico de opciones de sociedades mercantiles en el país. Esta modificación no solo representó un paso innovador en el terreno de los negocios, sino que llegó con una atractiva propuesta por parte del Gobierno Federal: la posibilidad de constituir una empresa en tan solo 24 horas.
A lo largo de este artículo, vamos a conocer los matices, responsabilidades y beneficios de las S.A.S., desde su estructura administrativa hasta las ventajas fiscales que ofrece, brindando una guía integral para quienes buscan adentrarse en este modelo empresarial.
Sociedad por Acciones Simplificada o S.A.S. Definición y características
En el vasto universo de las formas jurídicas empresariales, la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) destaca como una figura innovadora y adaptada a las necesidades actuales del mundo de los negocios. Al indagar sobre qué es la sociedad por acciones simplificada, encontramos que es una estructura mercantil que se ha consolidado como una opción ágil y eficiente, especialmente diseñada para fomentar la creación de empresas con menores trabas administrativas.
La sociedad por acciones simplificada México se erige como un tipo de sociedad mercantil que responde a las demandas de emprendedores y pequeños empresarios, ofreciendo una vía rápida y sencilla para el establecimiento de un negocio. Es precisamente esta naturaleza flexible y simplificada lo que ha contribuido al desarrollo económico y a la generación de empleo, alentando a más personas a dar el paso audaz hacia el emprendimiento.
A continuación, se detallan las características más destacadas de la SAS, clarificando por qué representa una opción tan atractiva:
Constitución de la sociedad
La SAS es singular dentro del régimen societario mexicano. Esta es la única sociedad que permite su constitución en un periodo tan breve como 24 horas. Además, se destaca por la posibilidad de ser establecida de manera gratuita, aprovechando medios electrónicos y, lo que resulta aún más revolucionario, sin la intervención de un notario o corredor público. Esta característica reduce drásticamente los costos y tiempos tradicionalmente asociados con la creación de una empresa.
Capital social
A diferencia de otras formas societarias que exigen un capital inicial considerable, la sociedad por acciones simplificada permite que el capital social se establezca a partir de una cifra tan simbólica como $1 peso mexicano. Esto posibilita que más personas puedan dar inicio a sus proyectos sin la preocupación de reunir grandes sumas de dinero desde el comienzo.
Administración
En términos administrativos, la SAS se estructura de forma más sencilla que otras sociedades. En lugar de contar con un Consejo de Administración, posee un administrador único, simplificando la toma de decisiones. Además, cabe destacar que los accionistas tienen la capacidad de tomar acuerdos utilizando medios electrónicos, lo que agiliza y moderniza los procesos de deliberación.
Responsabilidad de los accionistas
Una de las ventajas más significativas de optar por una sociedad por acciones simplificadas es que la responsabilidad de los accionistas queda limitada hasta el monto de sus aportaciones, representadas en acciones simplificadas SAS. Esto protege el patrimonio personal de los socios, evitando que se vean afectados por posibles deudas o compromisos financieros de la empresa.
Fondo de reserva
A diferencia de otras sociedades que requieren la creación de un fondo de reserva, la S.A.S libera a los empresarios de este requisito, otorgando una mayor flexibilidad en la gestión de su situación financiera.
Requisitos para constituir una sociedad por acciones simplificada
La Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) representa una modalidad empresarial atractiva y moderna. No obstante, su constitución, aunque simplificada, requiere el cumplimiento de ciertos pasos y requisitos que garantizan la correcta estructuración y legitimidad de la misma.
A continuación, desglosamos estos elementos esenciales para dar vida a una S.A.S. en México:
1. Firma electrónica o e. Firma
Esta herramienta digital ha revolucionado los trámites en línea, otorgando seguridad y validez jurídica a las operaciones. En el contexto de una sociedad por acciones simplificada, es imperativo que todos los accionistas cuenten con esta firma. La e.firma no solo proporciona una identificación digital segura, sino que también facilita la realización de múltiples gestiones de manera telemática.
2. Autorización de la denominación
Antes de establecer formalmente la sociedad, al menos uno de los accionistas debe obtener la autorización correspondiente para la denominación de la empresa. Este trámite, crucial para la identidad y registro de la entidad, puede llevarse a cabo en línea, específicamente en el Portal Tu Empresa, una plataforma que simplifica y agiliza el proceso.
3. Consentimiento electrónico de los accionistas
Siguiendo los estatutos sociales diseñados por la Secretaría de Economía para la conformación de la S.A.S, cada accionista debe dar su consentimiento de manera electrónica. Esta metodología refleja la adaptación de los procedimientos empresariales a la era digital, ofreciendo transparencia y eficacia en cada paso.
4. Contrato social de constitución
Este documento es la piedra angular en la creación de cualquier sociedad. Para una S.A.S, el contrato social se generará y firmará electrónicamente por todos los participantes. Una vez concluido, se entregará en formato digital, refrendando una vez más la esencia moderna y ágil de esta modalidad empresarial.
5. Inscripción en el Registro Público de Comercio
Posteriormente, la Secretaría de Economía se encargará de enviar el contrato de forma telemática para su inscripción en el Registro Público de Comercio. Una vez inscrito, el sistema generará automáticamente el documento que certifica la inscripción de la sociedad en dicho registro.
6. Restricciones para los accionistas
Aunque la S.A.S. se caracteriza por su flexibilidad, existen ciertas restricciones que los accionistas deben tener en cuenta. Específicamente, no pueden ocupar simultáneamente roles con capacidad decisoria en otras sociedades por acciones simplificadas o en cualquier otro tipo de sociedad mercantil. Esto asegura una dedicación y responsabilidad clara hacia la sociedad que están constituyendo.
A pesar de su naturaleza ágil, es fundamental seguir cada paso con precisión para garantizar una estructuración legal y efectiva de la sociedad. Aquellos que buscan la conformación de una S.A.S. encontrarán en estos requisitos la guía esencial para lograr una base sólida y legítima en su emprendimiento.
Obligaciones de una Sociedad por Acciones Simplificada
Si bien la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) ofrece numerosos beneficios y facilidades en su conformación, es imperativo recordar que, como cualquier entidad legal, viene acompañada de obligaciones específicas. Estas responsabilidades son esenciales para garantizar la transparencia, la sana operación y la confianza tanto de los accionistas como de terceros con quienes la sociedad tenga relación.
1. Difusión en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (SEPSM):
Este sistema permite que determinados actos y decisiones de la sociedad estén al alcance del público, reforzando el principio de transparencia. Las Sociedades por Acciones Simplificadas están obligadas a compartir en esta plataforma:
- Los contratos entre el accionista único y la sociedad, asegurando la claridad en acuerdos que pueden afectar las operaciones de la entidad.
- El aviso de cuando se haya completado la suscripción y pago de la totalidad del capital social.
- Convocatorias para la asamblea de accionistas, garantizando que todos los accionistas estén adecuadamente informados y puedan participar.
- Informe anual sobre la situación financiera de la sociedad, que debe reflejar de forma transparente el estado económico y financiero de la entidad.
- Avisos relacionados con inscripciones que se hagan en el libro de registro de acciones respecto al aumento o disminución del capital social variable.
2. Pago de acciones
Es esencial que todas las acciones se paguen en el plazo acordado por los accionistas o, en su defecto, dentro del primer año tras la constitución de la sociedad. Esta obligación garantiza la liquidez y solvencia de la sociedad desde sus primeros momentos.
3. Mantenimiento del libro de registro de acciones
Este libro, esencial en cualquier sociedad por acciones, debe reflejar con precisión y detalle cada una de las acciones, sus propietarios y las transacciones relacionadas con ellas. Su correcta administración es crucial para la adecuada gestión y control de la sociedad.
4. Transformación en otro tipo de sociedad mercantil
Una S.A.S. tiene límites en cuanto a los ingresos anuales que puede generar. Si la sociedad supera la cifra permitida, que se actualiza anualmente, debe transformarse en otro tipo de sociedad mercantil para continuar con sus operaciones. Esta disposición busca asegurar que la figura de la S.A.S. beneficie a empresas emergentes o de menor escala.
De esta forma, a pesar de las facilidades y ventajas que ofrece la Sociedad por Acciones Simplificada, es imperativo que los accionistas y administradores estén al tanto y cumplan con cada una de estas obligaciones. El no hacerlo no solo podría resultar en sanciones o multas, sino que también podría comprometer la reputación y operación efectiva de la sociedad.
Qué debe contener el estatuto de la Sociedad por Acciones Simplificada
El estatuto social es uno de los pilares más importantes en la fundación y operación de cualquier sociedad mercantil. Proporciona un marco jurídico y operativo dentro del cual la empresa debe actuar y es, en esencia, la «constitución» de la empresa. Para una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), la estructura y contenido de este documento son cruciales, ya que determina cómo se gestionará y regulará la entidad en el día a día y en situaciones extraordinarias.
Aquí detallamos los elementos esenciales que deben estar presentes en el estatuto de una S.A.S.:
- Denominación: Es el nombre bajo el cual la sociedad será reconocida y operará. Es esencial que sea único y no pueda ser confundido con el de otra entidad.
- Generales de los accionistas: Incluye información como el domicilio, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y el correo electrónico de cada accionista. Esta información garantiza la identificación y comunicación efectiva con cada socio.
- Domicilio de la sociedad: Dirección oficial donde se encuentra establecida la empresa y donde se realizarán las principales operaciones o gestiones.
- Duración de la sociedad: Especifica el tiempo que la sociedad estará en funcionamiento, ya sea un plazo definido o indefinido.
- Forma y términos en que los accionistas se obligan a suscribir y pagar sus acciones: Establece las condiciones bajo las cuales los accionistas comprometen su inversión en la sociedad.
- Número, valor nominal y naturaleza de las acciones en que se divide la capital social: Detalla la estructura accionaria de la empresa, el valor de cada acción y cualquier característica especial que puedan tener.
- Número de votos por accionista: Indica cuántos votos tiene cada accionista en función de sus acciones. Este elemento es fundamental para decisiones que requieran votación.
- Objeto de la sociedad: Define el propósito o actividad principal de la empresa, lo que guía sus operaciones y define su alcance en el mercado.
- Forma de administración de la sociedad: Establece quién o quiénes serán responsables de la gestión diaria y la toma de decisiones importantes.
También es importante mencionar que el proceso para establecer una S.A.S. y sus estatutos es gratuito y se realiza en línea. Para ello, se deben utilizar dos plataformas principales: el Módulo Único de Autorización de Denominaciones y el Sistema Electrónico de Constitución de Sociedades por Acciones Simplificada. Estos sistemas facilitan el proceso y aseguran que la sociedad cumpla con todos los requisitos y normativas vigentes en México.
Los beneficios fiscales que tienen las S.A.S.
Conformar una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) en México no sólo brinda agilidad y simplicidad administrativa, sino que también ofrece ciertos beneficios fiscales que pueden ser de gran ventaja para emprendedores y pequeños empresarios. Estos beneficios varían según la fecha en que la sociedad fue inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
1. Sociedades inscritas después del 4 de mayo de 2017
Las S.A.S. que hicieron su inscripción en el RFC posterior al 4 de mayo de 2017, se acogen automáticamente al esquema de tributación basado en flujo de efectivo. ¿Qué significa esto? Bajo este esquema, solo se toman en cuenta para el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) aquellos ingresos y deducciones que se hayan efectuado realmente durante el período fiscal correspondiente.
Por lo tanto, esto puede ser una ventaja considerable, ya que evita que las empresas se vean obligadas a pagar impuestos sobre montos que aún no han sido recibidos o gastados.
Sin embargo, si por alguna razón una empresa desea salir de este esquema, tiene la opción de presentar una solicitud de aclaración en el Portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el mes siguiente a la fecha en que se registró.
2. Sociedades inscritas antes del 4 de mayo de 2017
Las sociedades que ya estaban registradas en el RFC antes del 4 de mayo de 2017, se consideran acogidas al esquema de tributación basado en flujo de efectivo desde el 1 de enero de ese año.
Los beneficios fiscales que este esquema brinda, en particular para personas físicas, son similares al caso anterior: permite la acumulación de ingresos y deducciones efectivamente realizados al calcular el ISR y brinda la ventaja de no tener que presentar la DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros). Sin embargo, cabe destacar que aquellos que desearan modificar este esquema tenían que haberlo hecho antes del 15 de junio de 2017.
En términos más simples, las S.A.S ofrecen una estructura que favorece a emprendedores y pequeños negocios, no solo en términos de su formación y administración, sino también desde una perspectiva fiscal, permitiendo una mayor liquidez y flexibilidad en la gestión de sus recursos.
Funciones del Administrador de una S.A.S.
El administrador en una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S) cumple un papel trascendental en el engranaje de la empresa. Si bien la S.A.S. se destaca por ofrecer un marco jurídico que facilita y flexibiliza su creación y operatividad, el timón que guía a esta nave corporativa es su administrador.
Esta figura no solo es el rostro representativo de la sociedad ante terceros, sino también quien lleva las riendas operativas y estratégicas en beneficio de los accionistas.
1. Representación legal
Una de las tareas primordiales del administrador es fungir como el representante legal de la S.A.S. Esto le otorga el poder y la capacidad de comprometer a la sociedad en distintas situaciones, como la firma de contratos, establecimiento de alianzas o la realización de transacciones comerciales.
2. Gestión y dirección
Más allá de la mera representación, el administrador es el motor que impulsa la estrategia de la empresa. Desde la planificación financiera, pasando por la definición de las directrices internas, hasta la gestión del talento humano y la toma de decisiones productivas, su papel es esencial.
3. Cumplimiento normativo
La S.A.S., como cualquier entidad, está sujeta a un marco normativo y fiscal. Es deber del administrador garantizar que la sociedad opere dentro de la legalidad, cumpliendo con todas las regulaciones y obligaciones pertinentes. Esto implica estar al día con documentaciones, informes y deberes tributarios.
4. Rendición de cuentas
La transparencia y la comunicación son vitales en el mundo corporativo. El administrador tiene la tarea de informar a los accionistas sobre el desempeño y estado de la sociedad, generalmente en reuniones o asambleas programadas, donde se discuten y deciden asuntos cruciales para la empresa.
5. Responsabilidad fiduciaria
Actuar con prudencia, lealtad y en beneficio de la sociedad es un deber inalienable del administrador. Este compromiso implica la salvaguarda de los activos de la sociedad, la protección de su reputación y el aseguramiento de que las decisiones tomadas sean en pro del bienestar y progreso de la S.A.S.
Es fundamental señalar que los estatutos de cada S.A.S. pueden determinar el número de administradores y especificar sus funciones. Mientras algunas sociedades pueden funcionar con un administrador único, otras podrían requerir de un equipo directivo más extenso. Lo que es incuestionable es la relevancia del administrador en la consecución de los propósitos de una Sociedad por Acciones Simplificada.
Conclusión
Comprender qué es Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) representa contar con una opción atractiva y moderna para aquellos emprendedores y empresarios que buscan flexibilidad y rapidez en la creación de su empresa. Sin embargo, como en cualquier decisión empresarial, es esencial que se considere detenidamente si esta figura se adapta adecuadamente al tipo de negocio y a las expectativas del emprendedor.
Finalmente, es esencial subrayar que, aunque la S.A.S. ofrezca ventajas, como cualquier otro tipo de sociedad, requiere compromiso, dedicación y responsabilidad por parte de sus accionistas y administradores. Constituir una empresa bajo este régimen puede ser el primer paso hacia el éxito, pero la continua atención a las obligaciones y una gestión eficaz serán los que realmente determinen la trayectoria de la empresa en el mercado.